ANPTE: “Andalucía debería reconducir la situación en defensa de la Tauromaquia y de los aficionados”

En relación al nuevo Reglamento Taurino de Andalucía

17 de marzo de 2025.- El día 16 de abril de 2024, desde la Asociación Nacional de presidentes de Plazas de Toros -ANPTE-, presentamos en el Registro General de la Junta de Andalucía una serie de alegaciones al nuevo proyecto de Reglamento Taurino de Andalucía. En total fueron 42 alegaciones a este proyecto que consideramos necesarias para proteger a la tauromaquia en general, y los derechos de los espectadores, en particular, a recibir un espectáculo reglado, completo, íntegro y sin manipulaciones ni fraudes.

Entre los fines estatutarios de nuestra Asociación de presidentes, está el velar por la integridad del toro y por la pureza y seriedad de los espectáculos taurinos, así como el exponer a las diferentes Administraciones públicas, competentes en la materia, las iniciativas y sugerencias que puedan redundar en beneficio de la calidad del espectáculo y de los espectadores.

El actual Reglamento de Espectáculos Taurinos de Andalucía, vigente desde 2006, nos ha permitido hacer los análisis pertinentes para valorar sus bondades y calibrar sus deficiencias. Son estas deficiencias las que deberían tenerse en cuenta a la hora de redactar la nueva normativa, para subsanar los errores cometidos.

Debemos someter a nuestra consideración que, nada más ver la luz el Reglamento en vigor, despertó el rechazo de los aficionados más avezados porque consideraban vulnerados sus derechos, sobre todo con lo establecido en los artículos 39.1 y 40.2, ya que permiten el fraude a la integridad del espectáculo al facultar al ganadero para lidiar toros sospechosos bajo su responsabilidad y que el reconocimiento post-mortem se realice solo para esas reses.

Además, el actual Reglamento andaluz habilita una total discrecionalidad para el nombramiento de los presidentes de los festejos taurinos que conlleva su vulgarización y empobrecimiento. Desde el punto de vista jurídico, el ejercicio de la Presidencia constituye una secuencia de actos administrativos, con consecuencias jurídicas para todos (público, profesionales, etc.), que puede conllevar responsabilidades y sanciones. Por tanto, la pureza y seriedad de nuestra Fiesta nacional depende en gran medida de la capacidad y rigor del presidente, cargo que, entonces, sólo debe recaer en personas adecuadamente preparadas y formadas para la toma de todas esas decisiones inmediatas que le incumben. Por este motivo es preceptivo que todos los reglamentos incluyan la exigencia de una formación ACREDITADA para poder formar parte de los equipos presidenciales en los festejos taurios. Mas, no es suficiente. Pues es necesario, así mismo, que el acceso a la función presidencial sea desarrollado (que hasta el momento no lo ha sido) con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y, sobre todo, con el establecimiento de un procedimiento administrativo para la solicitud, acreditación y resolución de los nombramientos por las Administraciones competentes.

Porque es muy preocupante la percepción generalizada de la manipulación fraudulenta de los cuernos de los toros, intentando convencer al espectador de que eso es lo normal. El toro es el protagonista más importante de la corrida y todos los reglamentos existentes en España deben establecer que los cuernos de las reses de lidia en las corridas de toros y en las novilladas picadas estarán íntegros. Por tanto, la manipulación de los cuernos es un fraude para el espectador que debe ser perseguido y castigado. Las administraciones públicas deben dotar los medios necesarios para la aplicación efectiva del régimen sancionador.

El enfundado/desenfundado de los cuernos de los toros se ha generalizado en todas las ganaderías sin que exista una regulación al respecto. Reclamamos, por tanto, el dictado de una normativa reglamentaria en la que se establezca que el desenfundado ha de realizarse con una antelación al festejo de entre 10 y 15 días, a fin de que los animales puedan recuperar el sentido de la distancia. Dicha regulación debería establecer, así mismo, la presencia en el acto de un veterinario oficial o agente de la autoridad que levantara un acta que acompañaría a los toros hasta el día de la corrida.

En estos años hemos vivido también, amparados por el reglamento, la degradación de los principios inspiradores y la praxis del indulto para las reses excepcionales. Lo que estaba previsto que fuese una salvedad que permitiera al ganadero el rescate de toros destacadísimos por su condición y desempeño, ha derivado en un mecanismo de publicidad para los interesados, sin ningún valor genético ni reproductor en muchas ocasiones. El efecto producido en los espectadores ha sido aun peor, ya que ha inoculado en muchos la idea del indulto como la misericordia compasiva ejercida para librar al toro del más noble de los finales que es su muerte en el ruedo. Obviamente esta llamada “indultitis”, socava de raíz los principios de la tauromaquia, desnaturaliza los espectáculos y nos aboca a la teatralización del rito.

Entendemos que el principal principio inspirador de la reglamentación taurina debe ser la conservación de la tauromaquia, huyendo de quienes promueven desde sus intereses pecuniarios o de otro orden, desnaturalizarla, vulgarizarla y descalificarla para derivarla a la mediocridad, la perdida de valores o directamente la chabacanería.

Por todo esto creemos que la Administración andaluza debe de tomar medidas, reconducir la situación y defender la tauromaquia y los derechos de los aficionados teniendo en cuenta nuestras alegaciones al nuevo proyecto de Reglamento.